Loteria | Rifas y bingos - Preguntas frecuentes

RIFAS Y BINGOS

Preguntas Frecuentes

Rifas, Tómbolas, Bingos, Sorteos y Concursos

¿Quiénes pueden realizar Rifas, Bingos, Tómbolas o eventos similares?

Pueden realizar rifas o eventos similares todas aquellas personas de existencia jurídica sin fines de lucro y que persigan un fin social, siempre que tengan domicilio real, legal y/o especial en esta Provincia.

¿A dónde hay que dirigirse para realizar consultas y gestionar la autorización de una Rifa, Tómbola, etc?

Para efectuar consultas y trámites relacionados con la organización de rifas, bingos, tómbolas o eventos similares dirigirse a Lotería de Córdoba- Dpto Juegos, Monitoreo y Desarrollo, sita en calle 27 de Abril 185 - 3º Piso, de lunes a viernes en el horario de 9:00 a 12:00 horas y en las Delegaciones (no Casinos) de esta Institución que funcionan en el interior de la Provincia de Córdoba.

¿Qué tipo de juegos de azar organizados por terceros deben contar con la autorización de Lotería de Córdoba?

Los juegos de azar organizados por terceros que deben ser autorizados por Lotería de Córdoba son:

Venta de Billetes, fracciones, cupones o cuotas de loterías, rifas, bingos, tómbolas, bonos u otros instrumentos similares Captación o fidelización de asociados, usuarios o beneficiarios de servicios que brinden las entidades de bien público que adjudiquen premios mediante sorteos o procesos azarosos entre quienes revistan la calidad de tal.

Venta de entradas a cenas, shows, espectáculos o eventos similares con premios cuya adjudicación se resuelva entre los asistentes mediante sorteos o actos azarosos.

Llamados telefónicos, mensajes de texto, imagen o sonido, con tarifa diferenciada, que se realicen desde líneas fijas o móviles con prefijo de la Provincia de Córdoba, que acuerden participación en concursos o certámenes que adjudiquen premios mediante sorteos o azar de cualquier naturaleza.

¿Todos los juegos de azar organizados por terceros requieren autorización por parte de Lotería de Córdoba?

No requieren autorización aquellas entidades que organicen eventos reglamentados por Lotería de Córdoba en los que el monto de emisión o el monto de premios sea inferior al veinte por ciento (20 %) del Monto Exento establecido para cada tipo de eventos.

En todos los casos los organizadores deberán presentar en carácter de declaración jurada informe del/los evento/s a realizar. La sumatoria anual de dichos eventos no podrá superar el Monto Exento referido.

¿Los Bonos Contribución necesitan autorización de Lotería de Córdoba?

Todo certificado, bono, boleta, cartón o instrumento que tenga un precio y que otorguen derecho a participar en sorteos o actos azarosos en los que se distribuyan premios, deben estar autorizados por Lotería de Córdoba.

Bingos Exentos

¿Dónde se adquieren los cartones para comercializar, como están compuestas las series y cuanto cuestan ?

Los cartones para el juego los provee Lotería de la Provincia de Córdoba S.E. Las series están compuestas por 840 (ochocientos cuarenta) cartones -colores verdes, rojos, azules y negros-, el valor de cada serie es de $ 650,00 (pesos seiscientos cincuenta) y se adquieren en Casa Central, en el Departamento Juegos, Monitoreo y Desarrollo, pudiéndose retirar de la Delegación más cercana al evento en cuestión.

Bingos Municipales

¿Dónde se presenta la papelería para iniciar el trámite?

En el Dpto Juegos, Monitoreo y Desarrollo de Casa Central (27 de Abril 185 - 3º Piso - Córdoba), o bien en la Delegación de Lotería más cercana al Municipio peticionante.

¿Con qué antelación se inicia el trámite?

Aproximadamente con 45 (cuarenta y cinco) días de anticipación a la fecha que se prevé el inicio de Actividades.

¿Dónde se adquieren los cartones para comercializar, como están compuestas las series y cuanto cuestan ?

Los cartones para el juego los provee Lotería de Córdoba, las series están compuestas por 6000 (seis mil) cartones, en tres colores que son: Negros (Series para sorteos Ordinarios), Verdes (Series para sorteos Extraordinarios) y Rojos (Series para sorteos Especiales). El valor por cada serie es de $ 4500,00 (pesos cuatro mil quinientos) y se adquieren en la Delegación de Lotería mas cercana al Municipio respectivo o en la Casa Central de Lotería en el Dpto Juegos, Monitoreo y Desarrollo, según corresponda.

¿Dónde y cuándo se entregan las Actas y el pago de la participación?

En la Delegación o en Casa Central - Dpto Juegos, Monitoreo y Desarrollo (lugar donde se adquieren los cartones). La rendición se realiza todos los días lunes y viernes de cada semana o el día hábil siguiente, con depósito en cuenta habilitada a tal efecto.

¿Pueden modificarse las condiciones del juego autorizadas inicialmente?

Sí, pueden modificarse, siempre que con antelación sean requeridas mediante nota ante la Delegación de Lotería respectiva o Casa Central - Dpto Juegos, Monitoreo y Desarrollo,, según corresponda.